ETIAS para los británicos: lo que deben saber los ciudadanos del Reino Unido
Durante décadas, los ciudadanos británicos han viajado libremente por Europa sin ningún tipo de trámite. El Brexit ha cambiado esta situación: desde el 1 de enero de 2021, el Reino Unido es un tercer país con respecto a la Unión Europea. Los británicos ya no disfrutan de la libre circulación y ahora deben cumplir las normas aplicables a los nacionales de terceros países, incluida la obligación de obtener una autorización ETIAS a partir del último trimestre de 2026. No se trata de un visado —los viajes a Europa siguen sin necesidad de visado para estancias cortas—, sino de una verificación electrónica previa obligatoria. Se estima que 35,5 millones de británicos viajaron a Europa en 2024.
Información esencial para los viajeros británicos
| Parámetro | Detalle |
|---|---|
| ¿A quién afecta? | Todos los titulares de un pasaporte británico (UK passport), incluidos los menores |
| Precio | 20 € (~17 £) — gratis para menores de 18 años y mayores de 70 años |
| Vigencia | 3 años o hasta que caduque el pasaporte |
| Estancia autorizada | Máximo 90 días por cada periodo de 180 días en el espacio Schengen |
| Procedimiento | 100 % online —similar al ETA británico que los extranjeros deben obtener para visitar el Reino Unido |
| Plazo de tramitación | Unos minutos en la mayoría de los casos |
| Destinos incluidos | 30 países del espacio Schengen: España, Francia, Grecia, Portugal, Italia y otros 25 |
El Brexit y el ETIAS: entender el cambio
Antes del Brexit, los ciudadanos británicos, como miembros de la UE, disfrutaban de la libre circulación: podían establecerse, trabajar y viajar por cualquier país del espacio Schengen sin restricciones. Desde que terminó el periodo de transición el 31 de diciembre de 2020, el Reino Unido es oficialmente un país tercero. Los ciudadanos británicos se encuentran ahora en la misma categoría jurídica que los estadounidenses, canadienses o australianos: están exentos del visado Schengen para estancias cortas, pero sujetos a las normas aplicables a los países terceros.
El ETIAS es la consecuencia directa de este cambio de estatus. La buena noticia es que para viajar a Europa sigue sin hacer falta visado para estancias turísticas de menos de 90 días: el ETIAS es simplemente una verificación de seguridad electrónica previa, rápida y económica, que los británicos tendrán que hacer antes de salir de viaje.
ETIAS frente a ETA del Reino Unido: dos sistemas muy parecidos
Los propios británicos han puesto en marcha su propio sistema de autorización electrónica —la ETA (Electronic Travel Authorisation)— para los ciudadanos de terceros países que quieran visitar el Reino Unido. El ETIAS europeo es el equivalente a este sistema, pero con algunas diferencias:
| Criterio | ETIAS (Europa → para los británicos) | ETA UK (Reino Unido → para extranjeros) |
|---|---|---|
| Precio | 20 € (~17 £) | 20 £ (desde abril de 2026) |
| Vigencia | 3 años | 2 años |
| Destinos | 30 países del espacio Schengen | Solo Reino Unido |
| Estancia máxima | 90 días / 180 días (acumulados en todo el espacio Schengen) | 6 meses por estancia |
| Procedimiento | Por internet, en unos minutos | En línea, en unos minutos |
Excepción importante: el Acuerdo de Retirada (Withdrawal Agreement)
Algunos ciudadanos británicos están exentos de la obligación de ETIAS. Se trata de los británicos que residían legalmente en un país del espacio Schengen antes del 31 de diciembre de 2020 y que gozan de los derechos garantizados porel Acuerdo de Retirada (Withdrawal Agreement). Estas personas pueden seguir viajando por el espacio Schengen con su permiso de residencia o el documento que acredite sus derechos en virtud del Acuerdo de Retirada, sin necesidad de un ETIAS.
Esta exención afecta, sobre todo, a los muchos británicos que se instalaron en España, Francia o Portugal antes del Brexit. Si te encuentras en esta situación, comprueba que tu documento de residencia esté en vigor y sea reconocido por las autoridades del país en el que resides. Consulta con las autoridades locales o en la página web oficial de ETIAS para confirmar tu situación.
Principales destinos de los británicos en el espacio Schengen
España es, con diferencia, el principal destino de los viajeros británicos en Europa, seguida de Francia, Grecia, Portugal e Italia. Un solo ETIAS cubre todo el espacio Schengen:
| ¿Destino | ¿Países Schengen? | ¿Se necesita el ETIAS? | Guía específica |
|---|---|---|---|
| Barcelona, Madrid, Canarias, Baleares | España ✓ | Sí | ETIAS España |
| París, Niza, Costa Azul | Francia ✓ | Sí | ETIAS Francia |
| Atenas, Creta, Rodas, Santorini | Grecia ✓ | Sí | ETIAS Grecia |
| Lisboa, Oporto, Algarve | Portugal ✓ | Sí | ETIAS Portugal |
| Roma, Amalfi, Sicilia, Venecia | Italia ✓ | Sí | ETIAS Italia |
| Ámsterdam | Países Bajos ✓ | Sí | ETIAS Países Bajos |
La regla de los 90 días: un cambio importante tras el Brexit
Antes del Brexit, los ciudadanos británicos podían establecerse y permanecer indefinidamente en cualquier país de la UE. Desde el 1 de enero de 2021, se aplica la regla de los 90 días en 180: los británicos no pueden permanecer más de 90 días acumulados en todo el espacio Schengen durante cualquier periodo de 180 días consecutivos.
Este límite se aplica a todo el espacio Schengen, sin distinción de países. Un ciudadano británico que pase 45 días en España y luego 45 días en Francia habrá agotado su cupo de 90 días; deberá regresar al Reino Unido antes de poder volver al espacio Schengen. Esta norma ahora se controla automáticamente mediante el sistema EES (Entry/Exit System), operativo desde octubre de 2025. Por lo tanto, los excesos se detectan automáticamente y pueden afectar a futuras solicitudes de ETIAS.
Fuentes oficiales para los ciudadanos británicos
| Organismo | Función | Enlace oficial |
|---|---|---|
| Gobierno del Reino Unido — Viajes a la UE | Consejos oficiales del Gobierno británico sobre los trámites para viajar a Europa tras el Brexit | gov.uk/visit-europe-schengen-area ↗ |
| Delegación de la UE en el Reino Unido | Información oficial de la UE sobre el ETIAS para los ciudadanos británicos | eeas.europa.eu/united-kingdom ↗ |
| Sitio web oficial de ETIAS (UE) | Portal oficial para solicitar la autorización ETIAS | travel-europe.europa.eu ↗ |
Preguntas frecuentes de los ciudadanos británicos sobre el ETIAS
¿Necesitaban los británicos un visado para viajar a Europa antes del Brexit?
No. Antes del Brexit, los británicos, como ciudadanos de la UE, disfrutaban de la libre circulación y podían viajar y establecerse libremente en cualquier país de la UE. Desde el 1 de enero de 2021, el Reino Unido es un país tercero. Los británicos aún pueden viajar a Europa sin visado para estancias de menos de 90 días, pero el ETIAS será obligatorio desde su puesta en marcha en el último trimestre de 2026.
Llevo viviendo en España desde antes del Brexit, ¿necesito un ETIAS?
No, si residías legalmente en España (o en cualquier otro país del espacio Schengen) antes del 31 de diciembre de 2020 y disfrutas de los derechos garantizados por el acuerdo de retirada, estás exento del ETIAS. Tu permiso de residencia o documento que acredite tus derechos en virtud del acuerdo de retirada te permite circular por el espacio Schengen sin ETIAS. Comprueba que tu documento esté en vigor y sea reconocido por las autoridades locales.
¿Mi hijo menor de edad, de nacionalidad británica, necesita un ETIAS?
Sí. Todos los ciudadanos británicos, incluidos los menores, deberán obtener un ETIAS individual. No obstante, los menores de 18 años están exentos del pago de la tasa de 20 €. Cada niño debe tener su propio pasaporte británico válido. Consulta nuestra página sobre el ETIAS para niños para conocer los detalles prácticos.
¿Me permite el ETIAS trabajar en Europa?
No. El ETIAS solo cubre estancias turísticas, viajes de negocios (reuniones, conferencias) y tránsito. No te permite trabajar en un país del espacio Schengen. Desde el Brexit, los británicos que quieran trabajar en Europa deben obtener un visado de trabajo expedido por el país en cuestión, según sus propias normas nacionales.
¿Puedo pasar el verano en España con un ETIAS?
Puedes quedarte en España hasta 90 días en cualquier periodo de 180 días, siempre que tengas el ETIAS. Pero ojo: este límite de 90 días incluye todas las estancias en todo el espacio Schengen, no solo en España. Si ya has pasado algún tiempo en Francia o Portugal en los 180 días anteriores, esos días se restan de tu cupo. El sistema EES lleva controlando automáticamente este contador desde octubre de 2025.
¿Necesito el ETIAS y algo más para ir a Irlanda?
No. Irlanda no forma parte del espacio Schengen y no aplica el ETIAS. Los británicos pueden viajar a Irlanda sin visado ni ETIAS gracias al Espacio Común de Viaje (Common Travel Area) que une al Reino Unido e Irlanda desde 1923; este derecho se mantiene a pesar del Brexit.